Confirman sentencia por incineración de documentos

Un general, una teniente coronel y un general retirado, todos del Ejército, fueron sentenciado como culpables en distintos grados de participación de la incineración de microarchivos de la Central Nacional de Informaciones, la policía política de la dictadura cívico militar chilena. El dictamen de la Corte de Apelaciones confirmó la sentencia de primera instancia.

Desde finales de 2015, el Estado Mayor General realizó una investigación sumaria demandada por el esclarecimiento de la custodia, archivo y eventual destrucción de documentación relativa a actividades de inteligencia y contra inteligencia, entre los años 1980 y 1982. El resultado fue que el Estado Mayor declaró que las autoridades de la Dirección de Inteligencia del Ejército (DINE) no dieron cumplimiento a la custodia de los archivos, ni tampoco se sancionó esta situación.

La práctica de quema de documentación no es nueva y, como se ha relatado, en el caso del estudiante Ronald Wood Gwiadzon también el Ejército ha afirmado que fueron incinerados los archivos donde constaban los nombres de quienes estuvieron en la patrulla militar en el puente Loreto.

Para la investigación de los documentos entre 1980 y 1982, la ministra Paola Plaza González pudo estalecer que durante los años 2000 a 2001, el general de brigada Eduardo Jara Hallad ordenó a la entonces teniente coronel de Ejército Mercedes del Carmen Rojas Kuschevivch, revisar los documentos microfilmados pertenecientes a la Central Nacional de Informaciones, CNI, que se encontraban en las sección de Archivo del Departamento II de Contrainteligencia de la DINE. La teniente coronel ordenó a un suboficial y un cabo a trasladar el material hasta la Escuela de Inteligencia del Ejército, ubicada en la localidad de Nos, donde fueron incinerados, sin levantar las actas, como lo ordenaba la reglamentación vigente.

El irregular procedimiento fue informado al entonces jefe del Estado Mayor general del Ejército de Chile, Carlos Patricio Chacón Guerrero.

En primera instancia, la ministra en visita de causas de derechos humanos de la Corte de Apelaciones de Santiagon, Paola Plaza González, condenó a los imputados. La sentencia fue apelada, pero la Octava Sala de la Corte de Apelaciones de la capital, en fallo unánime (causa rol 1.985-2025), confirmó lo realizado por la minsitra Plaza.

El general Eduardo Abel Jara Hallad y la ex teniente coronel Mercedes del Carmen Rojas Kuschevich fueron condenado a 3 años y un día de presidio, con el beneficio de la libertad vigilada por igual lapso, inhabilitación absoluta para derechos políticos y para cargos y oficios públicos mientras duren las condenas; más el pago de una multa de 21 UTM cada uno. Se les condenó por lo previsto en el Código Penal, al ser autores del delito de infidelidad en la custodia de documentos con grave daño a la causa pública. Al general en retiro Carlos Patricio Chacón Guerrero se le ratificó la condena de 200 días de reclusión, con beneficio de remisión condicional de la pena por el término de un año, suspensión de cargos y oficios públicos y pago de una multa de 21 UTM, debido a su participación delictiva en los hechos como encubridor, según lo estipula el artículo 17 N°2 del Código Penal.

La Octava Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago estuvo integrada por el ministro Alejandro Rivera y las ministras Sandra Araya y Pamela Quiroga.

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