Destrucción por funcionarios públicos

Las prácticas de incineración comenzaron a ser conocidas en el trabajo de la Corporación Nacional de Reparación y Reconciliación, que finalizó con la entrega del Informe Rettig, en 1991. En las páginas 7 y 8 del Capítulo I, del Tomo I ([1]), se relata que tanto el Ejército, Fuerza Aérea como Carabineros reconocieron haber incinerado documentación durante la dictadura cívico-militar, respondiendo de esta manera a la solicitud de la Comisión para esclarecer casos de violaciones a los derechos humanos.

Muy posterior a ello, en los años 2000 y 2001, cuando la democracia traspasaba el umbral de su primera década, el Ejército, a través de la Escuela de Inteligencia en Nos, San Bernardo, quemó documentación y archivos de acontecimientos ejecutados por la Central Nacional de Informaciones (CNI), entre 1980 y 1982.

Esta destrucción de documentos, ejecutada por la Dirección de Inteligencia del Ejército (DINE), ocurrió en el contexto de la Mesa de Diálogo, como recordó una sentencia judicial por incineración de documentos ([2]). La Mesa de Diálogo reunió a organizaciones civiles, religiosas, funcionarios del gobierno de Eduardo Frei Ruz-Tagle y de las Fuerzas Armadas, desde agosto de 1999, con el objetivo de reunir información sobre el paradero de personas hechas desaparecer por la dictadura militar. Esta instancia tuvo como resultado que el Ejército afirmó no tener más información más allá de lo que entregó a enero de 2001 sobre el destino de 200 personas: 122 fueron lanzadas al mar, 21 arrojados a ríos y lagos, y otros 20 quedaron como “NN”, esto es, sin destino final ([3]).

Esta incineración de documentos fue expuesta en 2015 por un reportaje del Centro de Investigación Periodística, CIPER ([4]), donde testimonios revelaron que la quema de microfilmes se habría realizado entre los años 1999 y 2002 y correspondió a archivos de la Dirección de Inteligencia Nacional, DINA, y de la Central Nacional de Informaciones, la CNI.

En 2017, The New York Times publicó un reportaje en esa misma línea ([5]), motivando al Consejo para la Transparencia a enviar un oficio al entonces comandante en jefe del Ejército, general Humberto Oviedo, que respondiera sobre la veracidad de los hechos ([6]).  

Finalmente, esta destrucción de documentos en contexto de la Mesa de Diálogo, fue investigada por la ministra en visita para causas de Derechos Humanos de la Corte de Apelaciones de Santiago, Paola Plaza González, quien el 27 de marzo de 2025 condenó a tres ex miembros del Ejército: al ex general de brigada Eduardo Jara Hallad y a la ex teniente coronel Mercedes Rojas Kuschevich, quienes recibieron penas de 3 años y un día de reclusión menor en su grado máximo, con beneficio de libertad vigilada; y al ex general de división Carlos Chacón Guerrero, quien fue sentenciado a 200 días de reclusión como encubridor.

Como se expone en la resolución condenatoria, el delito implicado en la destrucción está en el Código Penal, catalogado bajo el Título Quinto De los Crímenes y Simples Delitos Cometidos por Empleados Públicos en el Desempeño de sus Cargos, en el párrafo séptimo de Infidelidad en la Custodia de Documentos. El artículo 242, inciso 1, castiga “al eclesiástico o empleado público que sustraiga o destruya documentos o papeles que le estuvieren confiados por razón de su cargo” ([7]).