El crimen de Ronald Wood se produjo en un territorio copado de soldados con rostros camuflados con pintura negra. Ese 20 de mayo, las tropas que ocuparon todo el centro de la capital chilena, además de portar armamento de guerra, fueron instruidas en esta medida de camuflaje. La etimología de la palabra se ubica en el francés camoufler y cuyo significado es disimular la presencia de armas, tropas, material de guerra, barcos, etc. (RAE, s.f.). Un sinónimo de camuflar es encubrir.
Posterior a la acción de militares en Santiago, Pinochet habla con la prensa el 22 de mayo. Confirma: “Cerré la ciudad. La ciudad está en estado de sitio” (LUN, 23 de mayo), aludiendo al específico copamiento militar del día 20. Añadió que con el despliegue militar “se persigue colaborar con la policía para mantener el orden fuera del cordón donde actúa carabineros” (LUN, 23 de mayo).
Sobre las carapintadas, Pinochet las justificó diciendo que “se sabe -dijo el Mandatario- que siempre los militares nos pintamos el rostro” (La 3°, 23 de mayo). Y, además, acusó a los medios de prensa de publicitar los rostros de los soldados: “Pero como tienen la manía de sacar fotografías y tienen la manía después de publicarlas en las revistitas, esas cloacas ambulantes que tiene la oposición, porque lo son como dijo una vez el padre Hasbún [clérigo adherente a la dictadura]. Sacan la fotografía y después la amplían y muestran la cara…” (LUN, 23 de mayo).
La idea militar de camuflarse es parte de una lógica de guerra, lo cual confirmó el propio Pinochet, en declaraciones a la prensa: “Ustedes -dijo el Mandatario a los periodistas presentes- no se han convencido de que esto es una guerra entre el marxismo y la democracia” (La Tercera, 23 de mayo). Una guerra dentro del propio territorio nacional y contra población chilena, evidenciando así el peso de la Doctrina de Seguridad Nacional (ver Guerra contra “subversivos”) en el pensamiento de la dictadura cívico militar.
Pero el camuflaje de aquel 20 de mayo de 1986, fue el aspecto visible de una práctica que buscaba encubrimiento los crímenes de la dictadura. De acuerdo a los hechos legalmente justificados en la investigación del ministro Guillermo de la Barra Dünner, después del ataque a disparos en el puente Loreto, la fiscalía militar solicitó una respuesta del entonces jefe de zona en estado de emergencia, brigadier general del Ejército, Carlos Ojeda Vargas, sobre si personal del ejército actuó en el lugar. El jefe militar contestó: “no tiene antecedentes en relación con la materia consultada”. Se le insistió en 1987, pero tampoco respondió.
Solo en diciembre de 1987 confirman que hubo personal militar en el puente, “pero las nóminas del personal participante se encuentran incineradas, de acuerdo a las disposiciones reglamentarias, por haber perdido vigencia dicha documentación” (causa rol 1.357-2018) ([1]). En 1989, el ministerio de Defensa de la dictadura aclara que se aplicó el Decreto con Fuerza de Ley 5.200, con su modificación de 1989. En su análisis, el juez de la Barra Dünner aclara que el DFL no permitía la incineración de documentos, y la modificación de 1989 fue posterior a los hechos de 1986.
Por todos estos antecedentes, el magistrado resolvió, en junio de 2021, procesar como encubridor del delito de homicidio calificado contra el estudiante Ronald Wood Gwiazdon al ex brigadier general Osvaldo Patricio Acevedo Trujillo, considerando que, en relación a la incineración de documentación, “es dable presumir que hubo de concurrir con su voluntad o consentimiento para su destrucción con el propósito de imposibilitar la identificación del responsable, ocultando así el nombre del delincuente” (causa rol 1.357-2018, p.1093).
[1] La sentencia puede descargarse de: https://www.pjud.cl/prensa-y-comunicaciones/noticias-del-poder-judicial/57145
